CARRERA: Educación Parvularia.
NOMBRE: Verónica Andrea Becerra Mattews.
RESPUESTA 1:
Creo que el tema es preocupante ya que se encuentran en peligro niños y adolescentes que muchas veces no saben enfrentar este problema y si no tienen la orientación adecuada de la familia y el colegio. Se puede tranformar en un problema aun mayor en el que se encuentra en riesgo la integridad fisica, psicologica y el bienestar emocional del niño.
RESPUESTA 2:
- Mantener informados tanto a los alumnos como a los apoderados sobre este tema.
- promocion de afiches y volantes preventivos respecto al tema.
SUGERIR A LOS APODERADOS:
a) buena comunicacion con sus hijos.
b) conocer las amistades que sus hijos tienen en red.
c) el computador este a la vista de todos en la casa.
d) concozcan la información que los hijos estan resibiendo de internet.
RESPUESTA 3:
Uno de ellos fue presentado en marzo de 2008 por parlamentarios.
Éste pretende tipificar como delito esta práctica, junto con regular la pornografía infantil y la
posesión de material pornográfico de menores.
La pena a este tipo de delitos es de presidio menor en su grado maxímo (3 años y 1 día a 5 años).
Asimismo, la iniciativa dispone que quienes ofrezcan servicios de Internet en forma gratuita o pagada, deberán mantener un registro de usuarios o abonados a disposición del Ministerio Público.
El segundo proyecto de ley, presentado en abril de este año, se complementa con el anterior y se encuentra en tramitación, con simple urgencia, ante la misma Comisión.
Pretende precisar en nuestro ordenamiento ciertos términos y realizar modificaciones en relación al acoso sexual a menores, la pornografía virtual infantil y la posesión de su material.
se propone:
creación de una figura penal de carácter residual, que sin afectar la utilización de tipos ya vigentes, entregue una herramienta legal que pueda servir para sancionar conductas de este tipo cuando ellas no constituyen delitos de otra naturaleza, sea porque no hay penetración ni actividad sexual de ningún tipo, no se procure la excitación a través de imágenes u otros objetos ni exista producción de material pornográfico.Parece importante advertir que si bien ello se realiza habitualmente a través de Internet, resulta más apropiado no excluir otros medios tales como la mensajería telefónica".
RESPUESTA 4
Porque se está sancionado el abuso sexual propio e impropio, pero no se esta sanionando el abuso sexual por internet.
En la actualidad la legislación chilena solamente penaliza el abuso sexual, por lo cual el grooming queda fuera de esa normativa, ya que es una etapa previa.
RESPUESTA 5
-por medio de engaño se obtuvo información de la menor ( clave de msn).
-posteriormente la manipula con chantajes y amenazas.